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Denuncia pública: una nueva violación a la independencia judicial en Colombia

DENUNCIA PUBLICA

UNA NUEVA VIOLACIÓN A LA INDEPENDENCIA JUDICIAL EN COLOMBIA

El proceso judicial contra el TLC Colombia- Estados Unidos

1. En desarrollo de una acción popular presentada contra la suscripción del Tratado de Libre Comercio entre Colombia y los Estados Unidos y según providencia emitida por la sección cuarta del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, se emitió una medida cautelar por la cual se ordenaba al gobierno colombiano: “abstenerse de la suscripción parcial o total, y/o la refrendación, de acuerdo alguno que resulte lesivo de los derechos colectivos antes enunciados o de cualquiera otro que surja en conexidad con los mismos”. [1]

2. Dicha decisión fue recurrida por el gobierno, solicitando su reversión indicando como la decisión en mención causaba un perjuicio inminente, no contaba con las pruebas debidas y el demandante no estaba legitimado para la iniciación de la acción popular.

3. En respuesta a este recurso el Tribunal ratificó su decisión y preciso el alcance de la misma estableciendo en que ámbitos se consideraba que una negociación del TLC conllevaba poner en peligro los derechos colectivos en la constitución. Así, entre otros, se menciono, que permitir el patentamiento de seres vivos, animales o plantas, del patrimonio natural de la Nación colombiana o aceptar el ingreso de productos agrícolas subsidiados por el fisco de los Estados Unidos podían dañar tales derechos.

4. En la actualidad este proceso judicial sigue su trámite y se encuentra en apelación ante el Consejo de Estado, máximo órgano de la Justicia Administrativa en Colombia.

5. En el anterior contexto y a pesar de que como advirtió la procuraduría general de Colombia, la medida cautelar esta vigente y es de obligatorio cumplimiento aunque se encuentre en apelación, el gobierno colombiano precipitó el cierre de la negociación del TLC, la cual se realizó finalmente en Washington el 27 de febrero de este año.

El desconocimiento de la independencia judicial

6. Lo anterior conlleva una nueva violación al principio de independencia judicial por parte del Gobierno presidido por Alvaro Uribe Vélez. [2] En efecto, en un Estado de Derecho, del cual el poder ejecutivo no puede ser ajeno, las decisiones judiciales deben respetarse y controvertirse con las herramientas otorgadas por el derecho vigente. Al desconocerse la providencia del Tribunal de Cundinamarca, se violenta su independencia en la medida en que ocurre una intromisión indebida que deja sin piso las consecuencias jurídicas de una decisión judicial. Cuando el gobierno desconoce una decisión judicial, aunque no compartida, esta sujetando el derecho vigente a intereses políticos y económicos.

7. La presión indebida respecto de la sala del tribunal que emitió la medida cautelar se extiende hoy al Consejo de Estado quien esta en conocimiento de la apelación. Con un TLC firmado con los Estados Unidos, lo que se plantea es una clara presión que limita el ámbito de independencia del juez superior, el cual parte de un hecho cumplido, la firma del TLC. A diferencia de lo expresado por el gobierno de que se sujetará a lo establecido por el Consejo de Estado, la suscripción del TLC es un claro mensaje de que le importa muy poco lo allí planteado mientras simultáneamente presiona una decisión a su favor.

La necesidad de defender la independencia judicial en Colombia.

Dado el reiterado quiebre de los principios del Estado de Derecho por el gobierno colombiano, denunciamos a la comunidad internacional una nueva violación al principio de independencia judicial, establecido en la Constitución y ratificado por la suscripción del Estado colombiano de buena parte de los tratados en la materia.

En tal sentido le solicitamos replicar esta denuncia a otras organizaciones y personas interesadas en la defensa de la independencia judicial en Colombia, así como hacer saber al gobierno colombiano como a las autoridades judiciales, su preocupación por la vulneración continuada de la independencia judicial.

En tal sentido puede comunicarse a:

Presidencia de la República

Dr. Álvaro Uribe Vélez, Cra. 8 No..7-26, Palacio de Nariño, Santa fe de Bogotá.

Fax: (+57 1) 566.20.71

O

Francisco Escobar Enriquez

Presidente Sala Administrativa del Consejo de la Judicatura de Colombia

presidenciasa@cendoj.ramajudicial.gov.co

Footnotes:

[1Extracto de la parte resolutiva de la providencia judicial emitida el 12 de diciembre de 2005.

[2Para una exposición de los varios casos de atentado a la independencia por el ejecutivo, vease Independencia en Juego. El caso de la Fiscalía General de Colombia. Observatorio Colombiano de la Administración de Justicia


 source: REACALCA