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CUT: Por qué decimos No al TLC

Por qué decimos No al TLC

por Carlos Arturo Rodríguez Díaz
Presidente de la Central Unitaria de Trabajadores de Colombia (CUT)
presidencia@cut.org.co (57)-1-3237550 / 3237950 Calle 35 # 7-25 piso 9, Bogotá D.C. Colombia
Friday July 23, 2004

Ponencia presentada en el IX Encuentro Nacional para la Productividad y Competitividad “Agenda Interna e Impacto Social de los Acuerdos Comerciales” Cali, 22 y 23 de julio de 2004

El 1° de junio de 2004 en la 92ª reunión de la OIT, el señor Juan Somavía, Director General de la misma, a propósito de la presentación del informe por la dimensión social de la globalización, manifestó: “En el funcionamiento actual de la economía global se observan desequilibrios persistentes profundamente arraigados, que resultan inaceptables desde un punto de vista ético e indefendibles desde un punto de vista político”.

Esta afirmación fue acompañada el 9 de junio por la alocución del presidente de España, señor José Luís Rodríguez Zapatero, quien en uno de los apartes de su intervención afirmó:

“Se ha calculado que los bienes y servicios producidos en todo el mundo en los últimos cien años y principalmente en los últimos cincuenta años, superan todo lo que la humanidad ha producido desde que se conoce la historia. Nuestro potencial para el futuro es inmenso. Sin embargo, la comparación entre realidades que hoy conocemos ofrece resultados vergonzosos: países inmensamente ricos y otros casi mendigos.

Una sexta parte de la población mundial vive en la indigencia y ni siquiera sabe si tendrá para comer al día siguiente. Un gran número de personas apenas ganan un dólar diario y, sin embargo hay países con ingresos per cápita de unos 82 dólares de los Estados Unidos por día.

No considero que los imperativos de la libre competencia empresarial nos condenen a elegir entre eficiencia económica y justicia social. No existe tal dilema”

Implicaciones de la globalización neoliberal

Empiezo mi intervención aludiendo a dos expresiones de connotados dirigentes mundiales que sintetizan la urgencia de revisar la globalización neoliberal y orientarla hacia una globalización justa, democrática e integradora. Para ello, es preciso adoptar iniciativas de coherencia política que permitan desarrollar acciones más equilibradas que armonicen las preocupaciones económicas, sociales y medioambientales que se plantean respecto de cuestiones específicas.

La primera de estas iniciativas debería abordar el crecimiento global, la inversión y la generación de empleo, porque el actual proceso de globalización genera resultados desiguales entre los países y dentro de ellos. Se está creando riqueza, pero son muchas las naciones y las personas que no participan de los beneficios.

Recordemos que el trabajo y el empleo son elementos centrales de cualquier estrategia que quiera aumentar el alcance de los beneficios de la globalización, ya que hoy el desempleo mundial asciende a más de 185 millones de personas, la cifra más alta de toda la historia.

Para ilustrar mejor este tema, quiero recordar a un trabajador filipino que dijo: “Una globalización que reduce el precio del calzado infantil, pero que provoca el desempleo de los padres carece de sentido”.

Así las cosas, los beneficios de la globalización sólo podrán compartirse ampliamente, y controlar los efectos negativos, si se respetan los principios básicos de la democracia, la equidad social, los derechos humanos y el Estado social de derecho. Es esencial disponer de instituciones de diálogo fuertes y de la participación de interlocutores de organizaciones de empresarios, trabajadores y de una sociedad civil dinámica.

Podemos afirmar entonces, que las reformas propuestas no han generado un entorno político para el desarrollo social. Lo que se advierte es un cuadro muy preocupante de iniciativas que restringen la política social.

No hay renovación de ideas en cuanto a las políticas económicas mismas, ni ha habido algún intento serio de integrar lo social con lo económico en la política de desarrollo. En gran parte se mantiene separada la política social de la política económica, o se le considera como un agregado con el que se pretende mitigar los costos sociales del Neoliberalismo y por consiguiente el ajuste estructural.

Afortunadamente hay una creciente oposición política a la ceguera que se mantiene en el ajuste estructural en cuanto a lo social, en tanto que la investigación académica ha erosionado la sustentación teórica y empírica del Neoliberalismo.

La movilización social ha logrado que se incluyan conceptos como derechos humanos y desarrollo sustentado en los derechos, insistiéndose en su primacía legal y en la lucha democrática para fortalecer los reclamos al Estado.

Consideramos que ha sido excesiva la fe en los mercados no regulados para que proporcionen el mejor entorno posible al desarrollo humano. Que también ha sido desmedida la confianza en la “mano invisible” de la economía de mercado, porque están llevando al mundo hacia niveles insostenibles de desigualdad y miseria.

Por ello, es necesario encontrar un nuevo equilibrio entre el interés público y el privado. Los mercados eficientes que promuevan ampliamente el bienestar, necesitan de las aportaciones de un sector público bien administrado. Requieren que haya una población sana, bien educada y bien informada. Que se sustenten en la estabilidad social, derivada de una gestión democrática de gobierno y de un nivel positivo de seguridad social.

De hecho, mientras mayor sea el grado de apertura de una economía de mercado, más importante es el papel que debe jugar el gobierno nacional en el campo de la política social. Sin embargo, el grueso de la agenda neoliberal ha sido dirigido directamente en contra de ese dictamen.

Durante decenios, siguiendo la ortodoxia prevaleciente, se ha aconsejado reducir las funciones del Estado y los gobiernos han abandonado elementos esenciales de la provisión social pública.

La evolución del crecimiento económico, el empleo y el ingreso durante las últimas décadas permite sugerir que el mundo está acercándose cada vez más a niveles insostenibles de desigualdad y carencia. El tipo de expansión económica que ha habido, ha sido errático, inestable y regresivo en cuanto a sus repercusiones en la distribución del ingreso.

En el Neoliberalismo hay una tendencia hacia el Darwinismo social que acepta la idea de la “supervivencia del más apto”. Sin embargo, dejando fuera este argumento, la confianza excesiva en las fuerzas del mercado descansa en una visión no realista de la economía y de la sociedad. Se supone que los mercados se comportan como si fueran máquinas bien aceitadas, que se ajustan por sí mismas de manera casi automática, permitiendo que los cambios se realicen gradualmente y con resultados óptimos.

Lo que no podemos olvidar, es que los mercados son instituciones sociales y políticas en las que participan personas con grados diversos de poder e influencia, y con una capacidad insuficiente para obtener la información que necesitan. Siempre hay problemas de coordinación tal como lo advirtiera Keynes “Es una fantasía doctrinaria suponer que existe algún mecanismo de ajuste automático que funcione suavemente, y que mantenga el equilibrio tan sólo confiando en el dejar hacer”.

También Stiglitz nos recuerda que “el desarrollo es algo más que acumulación de capital y reducción de distorsiones económicas: es una transformación de la sociedad, un alejamiento de maneras tradicionales de hacer las cosas y modos tradicionales de pensar. Si el desarrollo consistiera principalmente en la acumulación de capital, su objetivo primordial sería hacer que el país resultara muy atractivo para el capital, esto es, potenciar la seguridad del capital.

Si se quiere que el desarrollo tenga una base más amplia, habrá que prestar por lo menos la misma atención a los trabajadores y su seguridad, habrá que convencerles de que el cambio puede resultar beneficioso”

Estas formulaciones están encaminadas a generar una reflexión tranquila sobre un tema tan complejo, que me lleva a preguntar:

Si es evidente que el proceso de mundialización está pasando por una crisis de legitimidad, donde las propias organizaciones financieras y de comercio internacional dominantes, están empezando a poner en tela de juicio sus propias prescripciones y modelos, ¿porque Colombia pretende un TLC sin tener en cuenta que las políticas que motivan el tratado son las mismas que generan inequidad y pobreza?

¿Un modelo basado solo en lo comercial, que mantiene 1.200 millones de personas en la pobreza absoluta, es decir la quinta parte de la humanidad, puede tomarse como base para un tratado bilateral de comercio con Colombia?

Por la dimensión social de la globalización

¿Puede tenerse como punto de referencia en un TLC, una teoría neoliberal que prescribe que promover el pleno empleo es peligroso porque aumenta los salarios y esto provoca inflación. ?

Termino esta primera parte, referida a las implicaciones que tiene hoy la globalización neoliberal, para afirmar que estamos por la dimensión social de la globalización y que tomamos partido por la integración sub-regional, como etapa preliminar de una eventual integración continental y de una incorporación plena al multilateralismo.

De la suma de estos episodios, podemos decir, que el movimiento sindical apuesta por un modelo de integración como el europeo, en cuanto a la construcción político-económica de una institucionalidad común y un modelo de participación y diálogo social para adecuarlo a nuestra realidad.

Rememoremos que el pacto para un Área de Libre Comercio para las Américas, ALCA, fue originalmente concebido como un acuerdo que englobara a toda América, desde Alaska a tierra del fuego, bajo las mismas normas comerciales. El proceso se inició en 1994, con el compromiso de los 34 presidentes del hemisferio de trabajar hacia la conformación de un mercado común.

El 18 de noviembre del 2003, se definió que el ALCA sería el marco con el que se firmaran acuerdos bilaterales, pasando a un “ALCA ligth”, o TLC, que a nuestro juicio, es más que un simple acuerdo comercial, pues incorpora en sus contenidos una gama de mecanismos que conjugan prohibiciones a los gobiernos con derechos para las empresas extranjeras en materia de inversiones, tratamientos no discriminatorios, derechos de propiedad intelectual, acceso a mercados, a licitaciones públicas y flexibilización de servicios.

En este sentido, el TLC garantiza la transformación de privilegios en derechos para las transnacionales, los cuales estarían asegurados en la medida en que su ratificación, por parte de los órganos legislativos, convierte al TLC en ley de la República, dándole mayor jerarquía jurídica que toda la legislación secundaria de los países del Área Andina.

Si tomamos como referencia lo sucedido en otros países con acuerdos bilaterales, se hacen evidentes los enormes impactos negativos generados por estos tratados en la agricultura y el medio ambiente, llevando a la desarticulación productiva y al deterioro de las condiciones laborales.

El TLC se negocia sin participación real de la sociedad y responde a una lógica transversal que privilegia la ganancia por encima de los derechos humanos y la sustentabilidad. Constituye un instrumento probado en su capacidad de facilitar la acumulación de capital y viene a complementar las reformas neoliberales llevadas a cabo por los gobiernos de la región.

La lectura y el análisis de lo que hasta ahora conocemos del TLC, nos confirman los enormes perjuicios que generaría directa e indirectamente, afectando el bienestar de la población. Es por ello que decimos no al TLC, y por el contrario, luchamos por una real integración.

Nosotros propugnamos por una negociación en bloque. La Comunidad Andina de Naciones debe definirse hacia una integración orientada a ampliar el mercado interno y propiciar la industrialización, lo que implica fortalecer el pacto andino e iniciar una negociación con MERCOSUR para luego, abordarla continentalmente.

No olvidemos que el TLC hace parte de la agenda de la administración Bush para debilitar la estrategia Brasileña de negociación del ALCA y corresponde a la política interna del presidente Uribe, para lo cual es prioritario el apoyo de Estados Unidos.

Por eso, al igual que para la implementación de la globalización capitalista, en América latina con el ALCA y ahora con el TLC, también se pone en tensión la relación entre comercio y derechos fundamentales, en la medida que se quieren introducir mayores garantías a la propiedad intelectual y al comercio de servicios a favor de los intereses transnacionales, poniendo en riesgo la garantía y el acceso a los derechos fundamentales como la salud, la educación, los servicios públicos, el trabajo y la seguridad alimentaría.

El libre comercio per se no es bueno o malo, depende de las condiciones en que se dé ese comercio entre las naciones, las empresas y productos, las reglas justas de los intercambios, el acceso real a los mercados, la especialización y capacidad productiva de las economías, la generación de valor agregado, el aprovechamiento de la ciencia y la tecnología, la división internacional del trabajo y la capacidad institucional del Estado para regular el comercio, entre otros aspectos.

Se ha insistido desde algunos círculos políticos y académicos que las exportaciones son una condición necesaria para el crecimiento económico y el bienestar social, bajo la consigna “exportar o morir”. No obstante la evidencia muestra que el PIB mundial ha crecido mucho menos (2%) que las exportaciones (5%) y en el caso de América Latina, según la CEPAL, las exportaciones regionales crecieron 8,4% durante la década pasada.

Sin embargo, el PIB mundial apenas creció el 2,6% anual. Es decir, el incremento de las exportaciones no se refleja necesariamente en mayores tasas de crecimiento del PIB. Por lo tanto, el objetivo no puede ser “exportar o morir”, habrá que volver a mirar el mercado interno, tal como históricamente lo han hecho países desarrollados.

Hacia una emergencia social

En Colombia, a pesar de la apertura económica de los años 90’s y del crecimiento de las exportaciones, el resultado observado es una balanza comercial deficitaria en toda la década, con una baja contribución en el crecimiento del PIB y en la distribución del ingreso; en consecuencia el país registra una pobreza por ingresos que hoy afecta a más de 66 de cada 100 colombianos.

Cerca del 80% de las exportaciones colombianas a los Estados Unidos son esencialmente bienes primarios de bajo valor, y se concentran en minerales y productos agrícolas. El asunto de fondo es el tipo de comercio en términos de generación de valor agregado que puede contribuir a potenciar el crecimiento económico, así como la distribución del ingreso y la superación de la pobreza.

El gobierno Colombiano desarrolla negociaciones bilaterales en momentos en que vamos rumbo a una emergencia social, producto, a nuestro juicio, de la misma política económica que genera inequidad y pobreza a nivel mundial.

Los tres informes aparecidos este mes, advierten que Colombia, lejos de lo que opinan los amigos del gobierno, está ante una crisis humanitaria de inmensas proporciones. Todos ellos dan cuenta de una impresionante cifra de nuevos pobres, y de un crecimiento de la miseria sin precedentes, que contrasta con la algarabía de un gobierno presuroso a hacer un victorioso corte de cuentas, luego de dos años de gestión.

El primero es el informe de desarrollo humano sobre libertad cultural presentado por el PNUD, junto con otro, que registra la difícil situación social que vive el eje cafetero. Adicionalmente el informe del señor contralor Antonio Hernández, que coincidió plenamente con los del PNUD y que muestra que el país está ante una “crisis humanitaria” sin precedentes.

Dicen que el gobierno ha tratado de esquivar esas demoledoras cifras recurriendo al viejo truco del espejo retrovisor, pero los indicadores de desarrollo humano para el año 2004 muestran la caída del ingreso per capita y la reducción de la escolaridad.

El IDH es un indicador compuesto en el que se combinan los niveles de alfabetización y escolaridad, la esperanza de vida y el ingreso per capita. Es bueno señalar que los niveles de escolaridad y alfabetización muestran la capacidad de la población para integrarse con eficacia a la generación de bienestar y a la construcción de conocimiento.

Coincidimos con quienes afirman que una sociedad sin educación esta limitada para acceder a niveles superiores de bienestar y desarrollo.

El ingreso per capita, medido a precios de paridad de adquisición, PPP, es decir, considerando las diferencias de precios entre naciones de desigual desarrollo, es el indicador que permite mostrar la capacidad de generación de bienestar por cada individuo que hay en una sociedad, y con ello se evidencia en el tiempo la efectividad de las políticas de desarrollo y la capacidad empresarial que tiene un país.

Por estas razones el IDH debería ser el indicador que acompañe de manera permanente a la sociedad en su compromiso de transformarse y también debe ser un indicador clave de gestión en la administración pública.

Así las cosas, ¿Colombia puede avanzar hacia el TLC sin que se rectifiquen las políticas que dieron origen a la caótica situación social que vivimos?

¿De donde saldrán los empleos si se estima que el TLC ocasionará un aumento de las exportaciones de 6% y otro de las importaciones de 11%?

Ante esta situación, coincidimos con el señor ministro de agricultura Carlos Gustavo Cano quien afirmó: “Si el tratado de libre comercio con Estados Unidos no se pone al servicio de la recuperación de la concordia entre los colombianos, partiendo de la justicia social en las áreas rurales, se cometería la más imperdonable equivocación de la historia comercial”.

Partiendo de esta premisa haremos una corta valoración de algunos puntos del tratado que evidencian las razones por las cuales decimos no al TLC. Este estudio se elaboró con los compañeros de la Central Sindical de los Estados Unidos -AFL-CIO-, a propósito del TLC-CA-EEUU. Contenido que lamentablemente y al parecer, se trasladará al TLC - Colombia - EEUU, si no unificamos esfuerzos para que no cundan los despropósitos contenidos en lo que llamamos una adhesión. Veamos:

1. SECTOR AGROPECUARIO

Es un regalo que solo beneficia a las multinacionales agroindustriales a expensas del bienestar tanto de agricultores independientes en EE.UU., como de pequeños agricultores y empobrecidos campesinos.

Las grandes agroindustrias quieren realizar el dumping para bajar los precios a fin de asegurar el abastecimiento barato de materia prima, con lo cual logran subsidiar de manera injusta una mayor industrialización y centralización de la actividad agropecuaria.

Amplía el mecanismo de expropiaciones que permite a los inversores privados exigir a un gobierno compensaciones y exención de las regulaciones, al alegar que ciertas leyes o medidas regulatorias tienen el efecto de “expropiar” las ganancias que ellos estiman recibirían con su inversión. Por ejemplo, una corporación agrícola estadounidense operando en Colombia podría demandar legalmente al gobierno si éste intentara regular los daños causados al medio ambiente por una fábrica funcionando en su territorio.

2. COMPRAS GUBERNAMENTALES

Sobre compras gubernamentales prohíbe a los gobiernos favorecer a los proveedores locales en los contratos gubernamentales por mercancías y servicios. Los gobiernos tienen que conceder a los proveedores extranjeros “trato nacional”: un trato que no es menos favorable que el trato aplicado a los proveedores nacionales.

Además, los gobiernos no pueden imponer especificaciones técnicas en sus contratos públicos si estas especificaciones ponen una barrera “innecesaria” al comercio, y los contratos del gobierno solo pueden contener calificaciones de los proveedores que son “esenciales” para el cumplimiento del contrato.

Las reglas de compras gubernamentales del TLC tendrán impactos significativos en las comunidades de todas partes de la región. La regla de trato nacional del Acuerdo prohibirá a los gobiernos favorecer los proveedores locales, aun cuando haya buenas razones sociales y económicas.

3. INVERSIÓN

Pretende liberalizar el funcionamiento y la operación de las inversiones e inversionistas, prohibiendo a los Estados establecer cualquier requisito en su desempeño y obligando a los gobiernos a otorgar un trato no discriminatorio para las inversiones e inversionistas extranjeros, lo cual se asegura con el establecimiento de un mecanismo de controversias Inversionista-Estado.

Siendo el propósito del TLC suprimir cualquier regulación por parte de los Estados a todas las inversiones e inversionistas extranjeros, tiene mucho sentido introducir una amplia definición de inversión e inversionista, de manera que el Tratado se convierte en una “sombrilla” que otorga condiciones ideales para su funcionamiento a toda empresa o persona, en detrimento de la posibilidad de que la inversión extranjera pueda contribuir al crecimiento económico nacional.

Por inversionista se entiende una empresa o una persona que tiene el propósito de realizar, que está realizando o que ha realizado una inversión en el territorio de uno de los países suscriptores del Tratado. Con esta definición se otorgan privilegios para todas las empresas y personas extranjeras con inversiones, incluyendo aquéllas que no han invertido pero que esperan invertir.

El TLC introduce dos principios: Trato Nacional y Trato de Nación más Favorecida. Ambos tratamientos buscan eliminar cualquier discriminación para las inversiones extranjeras, lo cual se traduce en la práctica en un tratamiento discriminatorio para las inversiones del Área Andina, que registran bajos niveles de competitividad.

El Trato nacional otorga al inversionista —que tiene el propósito de realizar, que está realizando o que realizará—, y a las inversiones cubiertas un tratamiento no menos favorable que el otorgado a los inversionistas e inversiones cubiertas nacionales. Pero, además otorga el Trato de Nación más Favorecida que consiste en un tratamiento no menos favorable que el otorgado a inversionista o inversiones cubiertas de cualquier otro país que incluso no haya suscrito el TLC.

El TLC establece que ningún gobierno podrá imponer ni hacer cumplir a un inversionista o inversión extranjera una amplia gama de requisitos de funcionamiento, en una clara violación a la soberanía de los Estados, negando con ello el derecho a establecer sus propias políticas públicas en virtud de sus objetivos y prioridades nacionales.

En materia ambiental, subordina la aplicación de cualquier medida ambiental a lo dispuesto por el TLC en materia de inversión: nada de lo dispuesto en el capítulo es impedimento para adoptar, mantener o hacer cumplir medidas compatibles con este Trato que considere apropiada para garantizar que las actividades de inversión en su territorio se efectúen tomando en cuenta inquietudes en materia ambiental.

El TLC reproduce una nueva forma de saqueo a través de la prohibición de expropiación indirecta. Con este recurso se faculta a los inversionistas extranjeros a demandar ante tribunales internacionales corporativos a cualquier Estado cuando éste aplique políticas públicas que a juicio del inversionista extranjero puedan afectar ganancias inexistentes, pero que proyectan recibir en el futuro.

En el marco para la resolución de las controversias establece como tribunales para dirimir disputas el Centro Internacional para el Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI), institución adscrita al Banco Mundial; y la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI), instancia de la UNCTAD.

Los mecanismos para la solución de controversias establecen tribunales supranacionales constituidos por árbitros privados, los cuales son seleccionados por las Partes de un listado de tecnócratas. El funcionamiento de estas instancias de arbitraje vulnera el marco de administración de justicia establecido por las naciones y la soberanía de los Estados

4. SERVICIOS

Toda la normativa que se establece en este Capítulo se enmarca en el Acuerdo General del Comercio de los Servicios (AGCS o GATS por sus siglas en inglés) de la Organización Mundial de Comercio (OMC), vigente para todos los países.

No obstante, las obligaciones adquiridas en el TLC por los gobiernos en materia de liberalización y desregulación de los servicios públicos y de cualquier otra actividad que sea considerada como un “servicio” sobrepasan por mucho los compromisos que estos países habían contraído en el marco del AGCS, con lo cual se reduce más el margen de acción de los Estados para excluir de la aplicación del tratado determinadas actividades que consideren estratégicas para su desarrollo.

El tratado anula la potestad del Estado de regular y limitar el número de proveedores que pueden prestar un determinado servicio al prohibirle la adopción de medidas destinadas a este fin “ya sea en forma de contingentes numéricos, monopolios o proveedores exclusivos de servicios, o mediante la exigencia de una prueba de necesidades económicas”.

De esta forma se sustituye una decisión que debería estar supeditada al análisis de los objetivos sociales, económicos o culturales que estén en juego; y se generalizan una gran cantidad de restricciones y limitaciones a la capacidad del Estado de regular y controlar el desarrollo de las actividades que se desarrollan en su territorio y de orientarlas de manera que sean compatibles con los intereses nacionales, cuando el ejercicio de estas competencias sea considerado como desventajoso para los intereses de los proveedores de servicios extranjeros.

Según el Gobierno de los Estado Unidos entre los principales logros obtenidos por ese país en las negociaciones del TLC se destaca que “los países acordarán acceso considerable al mercado de toda la gama de los servicios, sujeto a muy pocas excepciones, usando como guía el enfoque de la llamada "lista en negativo"

Ciertamente, uno de los aspectos más delicados de este capítulo es el cambio radical que se implanta en el procedimiento para determinar cuáles actividades o servicios de cada país quedarán sujetos a la aplicación del tratado y, consecuentemente, cuáles sectores quedarán excluidos del deber de cumplir con las obligaciones que en el mismo se imponen. Este procedimiento a su vez implica definir cuales normas o disposiciones nacionales que resulten incompatibles con las obligaciones del Tratado (denominadas “medidas disconformes”) podrán subsistir y cuáles deberán ser modificadas o derogadas.

Actualmente el sistema vigente es el contenido en el AGCS, según el cual los países asumen “compromisos específicos” de apertura y desregulación únicamente para aquellos sectores o actividades que de forma expresa incluyan en las listas anexas al acuerdo, de manera que no se le aplicarán estos compromisos a ningún otro servicio o actividad que no estén allí mencionados. Sin embargo, con el se cambia este sistema al denominado “enfoque de listas negativas", que consiste en asumir que las obligaciones de este punto y el de Inversiones les son aplicables a todos los servicios, independientemente de si son mencionados o no en el tratado, con la única excepción de aquellos que explícitamente se encuentren en las listas anexas y únicamente para aquellas obligaciones sobre las que se diga, también de forma explícita, que no son aplicables.

En otras palabras, si un servicio no está contenido en la lista, se asume que debe cumplir con las obligaciones de apertura y desregulación que el Tratado impone. Si está contenido en las listas únicamente se le eximirá de la aplicación de las obligaciones sobre las que expresamente se haga mención.

No cabe duda que el TLC crea las condiciones para la liberalización de los servicios y en particular, la privatización de los servicios públicos. El manejo que se hace de las “listas en negativo” y la apertura de las compras de gobierno, posibilitan el acceso de las empresas transnacionales a la provisióndeservicios públicos, desplazando al Estado por la vía de las concesiones de servicios.

Laliberalizaciónde los servicios públicos y servicios de utilidad pública incluidos en el TLC plantea un enorme riesgo para la población, en la medida en que pone al descubierto la incursión de empresas privadas en la prestación de servicios públicos esenciales, que constituyen derechos inalienables de las personas.

5. PROPIEDAD INTELECTUAL

Considerando las múltiples implicaciones que los derechos de propiedad intelectual tienen en los diferentes ámbitos de la vida, busco identificar las repercusiones que éste generaría en la producción de alimentos, a través de la producción de semillas y enfatizando en nuestra biodiversidad.

Aquí para el caso de las semillas, explico la importancia que tiene la agricultura tradicional, pues se estima que 1.400 millones de personas en el mundo dependen de semillas producidas en sus campos para la subsistencia y el comercio local. Las acciones de preservar, reutilizar, intercambiar y vender libremente las semillas constituyen parte de los derechos de los agricultores que existen, desde el principio de la agricultura.

La producción tradicional de semillas se calcula en el mercado mundial en 30 mil millones de dólares al año y se espera que suba a 50 mil. Por ello, la industria de semillas quiere asumir este enorme nicho de producción y venta que está todavía fuera de su control.

Una de las formas de lograrlo es por medio de los sistemas legales, específicamente de la Propiedad Intelectual, que restringe el reuso, intercambio e innovación de las semillas guardadas por los agricultores. Al hacerlo, además de quitar el control que tienen los agricultores sobre sus medios de producción, transforman aquellas actividades tradicionales en actos ilegales, incluso penalizados con cárcel.

Debo informar que cinco cultivos esenciales para la alimentación se encuentran patentados. Arroz, trigo, maíz, soya y sorgo fueron patentados en algunas de sus variedades o rasgos genéticos. Seis multinacionales, Aventis, Dow, Dupont, Mistsui, Monsanto y Syngenta, controlan el 70% de estas patentes.

Como si lo anterior fuera poco, estos y otros cultivos no tienen sólo una sino varias decenas de patentes, haciendo con ello prácticamente imposible la siembra, porque quien desee hacerlo tiene que conseguir licencias de cada uno de los poseedores de las distintas patentes. El llamado arroz dorado, transformado genéticamente para introducirle vitamina A, cuenta con 30 patentes otorgadas a diversas empresas o personas.

Para ilustrar en mejor medida esta situación, transcribo textualmente las condiciones del contrato de Monsanto de 1977, para otorgar licencia al agricultor para utilizar su semilla de soya patentada. Ellas son:

El agricultor puede: usar la semilla de soya que contiene el gene Roundup Ready el cual es comprado bajo este contrato para plantarse en una y solo una cosecha de fríjol de soya.

El cultivador no puede: Guardar cualquiera de las semillas producidas provenientes de las semillas compradas con el propósito de usarlas como simiente o vender a otra persona ese mismo uso.

Existe una cuota tecnológica por cada 50 libras de semilla y el agricultor tiene la obligación de utilizar como herbicida, únicamente el glifo zato de la marca de Roundup o cualquier otro autorizado por Monsanto.

Si el agricultor viola cualquiera de las condiciones del contrato, éste se cancelará inmediatamente y el agricultor perderá el derecho de obtener licencia en el futuro. En segundo lugar, en el caso de cualquier transferencia de semilla de soya que contenga el gene Roundup Ready el cultivador pagará una multa más honorarios y gastos del abogado.

Monsanto adquiere la potestad de inspeccionar todo el terreno del agricultor plantado con soya por los siguientes tres años, en cumplimiento del contrato. El cultivador también está de acuerdo con informar, ante cualquier solicitud, la localización de todos los campos plantados con soya en los siguientes tres años.

Los términos del contrato obligan no sólo al agricultor sino que tendrán plena validez y efecto sobre los herederos representantes personales y sucesores; en cambio, los derechos del cultivador aquí estipulados no serán de otra manera transferibles o asignables sin el consentimiento escrito y expreso de Monsanto.

Realmente la situación descrita es vergonzante, ya que una vez que el sistema legal se encuentra establecido, se refuerza por medio de contratos. Un ejemplo es el contrato que tienen que firmar los agricultores que deseen sembrar soya Round-up Ready, protegida mediante patente de la empresa Monsanto.

Así las cosas, la Propiedad Intelectual y los contratos aludidos van en contravía de los derechos de los agricultores. Actualmente, el Acuerdo sobre Aspectos de Propiedad Intelectual Relacionados al Comercio, ADPIC, de la OMC, y ahora en mayor medida el TLC, ponen en peligro los derechos de los agricultores a continuar con las prácticas agrícolas tradicionales.

Los acuerdos mencionados demandan a los países otorgar patentes para microorganismos y procesos microbiológicos y biotecnológicos. En el caso de plantas, el ADPIC, permite a los países escoger entre dar patentes, dar un tipo de propiedad intelectual especial o una combinación de ambos, sin especificar que la propiedad intelectual especial sea necesariamente por medio del Convenio de la Unión para la Protección de Variedades Vegetales, UPOV-91, Pero que Estados Unidos interpreta que así es y así lo impone.

Por estas consideraciones es que los parlamentarios progresistas deben impulsar una ley nacional para evitar que los requisitos de la Unión para la Protección de Variedades Vegetales -UPOV-, se impongan por encina de la Constitución. El TLC, va más allá del ADPIC al obligar a los países a adherirse a UPOV-91 y establecer una doble protección sobre plantas, que si no cumplen se enfrentan a sanciones de la OMC.

6. LABORAL

Ahora pretendo hacer algunas anotaciones al tema laboral, ya que este capítulo es un documento que fácilmente podríamos denominar como un acuerdo de buenas intenciones, pues recurre a la voluntad y a los mayores esfuerzos por hacer cumplir las legislaciones ya flexibilizadas y disposiciones laborales internacionales. No media en esta declaratoria obligatoriedad de los Estados al cumplimiento.

El enfoque dado al acuerdo, tiene más fuerza en la cooperación y la capacitación entre los países para el apoyo y el mantenimiento de leyes que no hagan bajar los estándares laborales de los países, de manera que no se considere en esto una forma desleal de aprovecharse de condiciones laborales bajas para atraer la inversión.

De otra parte, no incluye un capítulo de sanciones particulares en cuanto a las violaciones laborales, sino que plantea un mecanismo sumamente engorroso para llegar hasta la instancia de solución de controversias.

El documento es recurrente en indicar que los reclamos o consultas las hacen "las partes", sin señalar quién da el visto bueno para proceder a elevarlas a la instancia laboral. Pero lo que sí es evidente, es que los reclamos no son para atender violaciones planteadas por organizaciones sindicales, sino violaciones que atenten contra las normas del libre comercio, separando así la concomitancia entre las acciones del tratado y las relaciones laborales.

La realidad es que el TLC busca que las legislaciones nacionales estén totalmente desmanteladas o en proceso y que ninguno de los derechos de los trabajadores se protejan para encontrar las mejores condiciones de obtención de ganancias por parte de las inversiones de las grandes empresas.

PREOCUPACIONES

Concluidas estas afirmaciones queremos llamar la atención sobre los siguientes puntos.

 La negociación bilateral del TLC tiene demasiadas condicionalidades desde los Estados Unidos y concesiones previas de Colombia.

 La firma del TLC puede convertirse en una adhesión a los tratados comerciales que los Estados Unidos han firmado en América Latina, en consideración a que la dependencia de la política de seguridad democrática del gobierno colombiano se convierte en una espada de Damocles para los negociadores.

 Con este tipo de negociaciones bilaterales se evidencia una crisis del esquema de negociaciones de comercio multilaterales y resquebraja los avances de la Comunidad Andina como proceso de integración sub-regional.

 La forma como se negocian la propiedad intelectual, los servicios y el sector agrario, contradice los argumentos a favor del libre mercado que tanto pregonan los países desarrollados y los ideólogos del libre comercio.

 Ante las dificultades del esquema plurilateral previsto en el ALCA, es muy posible que las negociaciones terminen en un ALCA Light, en tanto es la suma de varios acuerdos bilaterales.

 De llegar a suscribirse un TLC en las condiciones actuales, podría significar una eventual cesión de soberanía nacional a favor de las empresas norteamericanas, sin que ello signifique un mayor libre comercio, ni mejores oportunidades para las exportaciones colombianas.

PROPUESTAS

Esta realidad nos lleva a formular los siguientes planteamientos:

 Garantía de los derechos laborales fundamentales, reivindicando la declaración de la OIT de 1998, con el agregado de los derechos relativos a la seguridad social.

 Los trabajadores migrantes deben tener protección legal en la línea de las obligaciones contempladas en los tratados internacionales en esta materia y una reglamentación de las migraciones laborales temporales o no.

 Con el fin de proteger las economías contra la excesiva inestabilidad, regular el flujo de capital especulativo.

 Con el propósito de fortalecer la capacidad de los países en desarrollo para financiar la educación, atención de salud y necesidades de infraestructura, propiciar un período de gracia para el pago del servicio de la deuda.

 Concretar reglas equitativas y transparentes en el acceso al mercado para obtener una protección eficaz contra una oleada de importación.

 Propiciar definiciones y mecanismos de control a la inversión extranjera no productiva, para garantizar que las disputas sobre la inversión sean resueltas entre los Estados y no entre Estados e inversionistas, y para asegurar que los Estados mantengan la capacidad de regular la conducta empresarial con el fin de proteger los intereses de los ciudadanos.

 Colocar límites a la negociación de los servicios. Negociar sector por sector, sin extenderse a los servicios estatales de interés social y carácter estratégico.

 Proteger la salud pública mediante la aplicación de las directrices de la Organización Mundial de la Salud y la Organización Panamericana para la salud. Además, tener la posibilidad de producir y comercializar fármacos genéricos para hacer frente al VIH y otras enfermedades.

 Para permitir un proceso transparente, incluyente y democrático, concretar mecanismos de participación y definición.

 Acordar la reglamentación de las adquisiciones estatales para permitir la permanencia de preferencias nacionales, regionales y locales en cuanto a compras nacionales.

 Concretar los fondos sociales de compensación.

Así las cosas, damos por terminada esta ponencia, no sin antes llamar la atención del gobierno acerca de la imperiosa necesidad de evaluar los impactos del TLC, tanto por temas y sectores como por productos implicados, en aras de prever quienes serían los posibles sectores ganadores y quienes los perdedores, y si en efecto, los posibles beneficios de los sectores ganadores compensaran con creces las pérdidas de los sectores afectados por el TLC.

Se deben cuantificar los efectos sociales, al igual que los asuntos considerados más sensibles para los colombianos como el derecho a la salud en relación con la propiedad intelectual y las patentes frente a los medicamentos genéricos y el acceso al sistema de salud. El tema agrícola, los subsidios y la seguridad alimentaria, merecen un juicioso análisis, lo mismo que el derecho a la educación, los servicios públicos y los efectos fiscales del tratado en virtud de la pérdida de ingresos del Estado por el desmonte de aranceles.

¡Muchas gracias!

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