TPP y educación pública: paradojas políticas en una era posnacional

TPP y educación pública: paradojas políticas en una era posnacional

Por JOSÉ IGNACIO RODRIGUEZ, 11-2-16

El sistema educacional chileno se encuentra embarcado en un proceso de reformas políticas mediante las que, según se ha proclamado, el gobierno tiene la intención de fortalecer la educación pública con el objeto de equilibrar fuerzas respecto al lugar privilegiado que han tenido las iniciativas privadas en educación durante los últimos 35 años. Literalmente en el programa de gobierno de la presidenta se ha comunicado que “El Estado, a través de la educación pública, desarrollará un rol fundamental en cada nivel educacional. El Estado debe garantizar el ejercicio del derecho a una educación de calidad, fortaleciendo la educación pública, entregando garantías explícitas y exigibles a ciudadanos y ciudadanas”.

Sin pocas dificultades el gobierno de Michelle Bachelet ha logrado aprobar importantes legislación referidas al sector educacional, entre las que se destacan: administrador provisional, aumento de salas cunas, creación de cinco CFT públicos regionales, una nueva institucionalidad para la educación parvularia, fundación de nuevas universidades estatales, Ley de Inclusión (fin al lucro, copago y selección en establecimientos que reciben aportes del Estado), Plan Nacional Docente, “Ley corta” de gratuidad en educación superior, Sistema Nacional de Educación Pública, entre otras. Qué duda cabe de que hay un intento decidido de fortalecer el rol del Estado en la provisión de servicios educacionales, y que ideológicamente estas políticas buscan aminorar las desigualdades en el sistema chileno, desplazando el campo educacional desde el mercado hacía lo estatal, de bien de consumo a derecho.

Sin embargo, mientras estas leyes se debaten, aprueban y publican dentro de los límites de nuestra democracia, el ejecutivo de forma paralela discutía en el ámbito internacional y con gran hermetismo el Acuerdo Transpacífico de Cooperación Económica, en inglés: Trans-Pacific Partnership, o simplemente TPP. Según la DIRECON (Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales), el TPP tiene por objetivo crear una zona libre de comercio en el Asia-Pácifico, 12 países lo componen, 812 millones de habitantes, o sea aproximadamente el 40% del PIB mundial.

Las discusiones de este acuerdo comenzaron en 2010 y finalizaron el 05 de octubre del 2015, publicándose oficialmente los textos del acuerdo luego de su revisión y traducción recién en enero-febrero 2016, aunque cabe destacar que la plataforma “Chile Mejor sin TPP” tuvo acceso a estos documentos en noviembre 2015 por una solicitud formal a la DIRECON. Aun así, distintas organizaciones en el mundo tildaron de anti-democrático este tratado debido a que sólo fue dado a conocer una vez finalizadas las negociaciones, impidiendo que la ciudadanía presionara a sus gobiernos en las instancias previas. El acuerdo fue finalmente firmado por Chile el pasado jueves 4 de febrero por el canciller Heraldo Muñoz, en una ceremonia que se realizaron en la ciudad de Auckland, Nueva Zelanda, y en la que participaron autoridades de los países integrantes.

En Chile no es nuevo el hecho de que la educación puede eventualmente ser también un muy buen negocio para las empresas privadas. Sin embargo, no es tan reconocido el hecho de que existen en el mundo empresas trasnacionales que se dedican exclusivamente al rubro educacional, abriendo y/o administrando escuelas, institutos y universidades o prestando diversos tipos de servicios de apoyo a la educación a lo largo del globo.

Si bien, se ha dicho que el tratado versa sobre libre comercio, éste en realidad considera 30 capítulos, que abarcan diversas áreas estratégicas de política pública que van más allá de lo meramente comercial, tales como: Salud, Compras Públicas, Servicios, Telecomunicaciones, Asuntos Legales, Propiedad Intelectual, Medio Ambiente, Laboral y Cooperación. Han sido principalmente estas áreas las que han generado mayor controversia entre los activistas y organizaciones no gubernamentales interesadas en estos temas. Prácticamente no hay ámbito del ámbito de acción interna de los estados nacionales que de una u otra manera no sea considerada por el acuerdo.

Respecto a lo anterior, el sistema educacional no es la excepción. Muchos de los puntos de los acuerdo pueden afectar a los sistemas de educación nacionales, sin embargo el capítulo 19, 21 y 23 son esenciales. En estos capítulos se define que las partes reconocen la importancia de realizar actividades de cooperación y mejora de capacidades con el objeto de implementar el Tratado y mejorar sus beneficios, los cuales están destinados a acelerar el crecimiento económico y el desarrollo. Se señala que dentro de estas actividades estará la promoción de la educación y la cultura, el desarrollo de capital humano y mejora de la empleabilidad, incluso a través del aprendizaje permanente, educación continua y capacitación. Para el acuerdo la educación está fuertemente instrumentalizada, es decir es un medio preferente para el desarrollo económico.

Asimismo, los Estados también deben reconocer que generar y mantener el crecimiento económico requiere un compromiso sostenido de alto nivel de los gobiernos para administrar efectiva y eficientemente las instituciones públicas, invertir en infraestructura pública, bienestar, sistemas de salud y educación, y fomentar el espíritu emprendedor y el acceso a las oportunidades económicas. Además los países firmantes reconocen que la promoción y el desarrollo de la educación, ciencia y tecnología, investigación e innovación pueden desempeñar un rol importante en la aceleración del crecimiento, mejora de la competitividad, creación de empleos y expansión del comercio y la inversión.

Por último, reconocen que las políticas relacionadas con la educación, ciencia y tecnología, investigación e innovación pueden ayudar a la maximizar los beneficios derivados del Tratado. Por consiguiente, fomentarán el diseño de políticas en estas áreas que tomen en consideración las oportunidades de comercio e inversión que surjan del Tratado, con el fin de incrementar más esos beneficios. Esas políticas podrán incluir iniciativas con el sector privado, incluyendo aquellas dirigidas a desarrollar conocimientos especializados y habilidades gerenciales relevantes, y mejorar la capacidad de las empresas para transformar las innovaciones en productos competitivos y empresas emergentes.

En base a lo anterior me pregunto: ¿Qué sucedería si un país no logrará asegurar en algún momento estos objetivos educacionales? ¿Cómo se medirán estas condiciones? ¿Puede una empresa transnacional alegar que los trabajadores nacionales no cuentan con las capacidades acordadas y que por lo tanto debe ser indemnizada por el Estado? Cuestiones como están alertando a las organizaciones e individuos interesados en la educación.

En Chile no es nuevo el hecho de que la educación puede eventualmente ser también un muy buen negocio para las empresas privadas. Sin embargo, no es tan reconocido el hecho de que existen en el mundo empresas trasnacionales que se dedican exclusivamente al rubro educacional, abriendo y/o administrando escuelas, institutos y universidades o prestando diversos tipos de servicios de apoyo a la educación a lo largo del globo. En la literatura especializada se le ha llamado a estos negocios: edu-businesses.

En el mundo ya han surgido voces que han alertado de los riesgos para la educación pública que trae consigo el Acuerdo Transpacífico respecto de estos edu-businesses. El 02 de febrero 2016, en una entrevista al New Zeland Herald, el Instituto de Educación de Nueva Zelanda (NZEI) ha expresado serias preocupaciones acerca de este tema. El secretario nacional Paul Goulter dice que el acuerdo pone en riesgo los derechos soberanos de las naciones de promulgar leyes y reglamentos en relación a las empresas de educación extranjeras que deseen establecerse en los territorios, maximizando sus beneficios y dominando la educación de los países. "Esta es una gran amenaza para nuestro sistema de educación pública de alta calidad y gratuito” dijo el Sr. Goulter. El secretario además está de acuerdo en que la redacción del TPP es ambigua en esta materia y no asegura que no se genere “un sistema educativo donde las corporaciones multinacionales podrían establecer una escuela al lado de una escuela pública local y luego exigir la igualdad de acceso a las arcas de los contribuyentes para financiar la escuela".

Se ha criticado el TPP por el fortalecimiento de tribunales arbitrales como el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a las Inversiones (CIADI) mediante el cual una empresa multinacional podría eventualmente demandar a un gobierno en el caso que las condiciones nacionales de comercio no aseguran las ganancias que el inversor había planificado. Con respecto a esto el secretario de Nueva Zelanda ha agregado que los negociadores tampoco lograron, o más probablemente ni siquiera trataron, obtener una cláusula similar a la que planteo Singapur para proteger su educación publica. Como consecuencia de ello, han puesto en riesgo los derechos de los futuros gobiernos para proteger nuestro sistema educativo público frente a cualquier cambio en la "igualdad de condiciones" que supondría una desventaja para los edu-negocios globales.

Finalmete el Sr. Goulter recuerda: "Que quede claro, el TPP es un acuerdo comercial internacional destinado a garantizar que las corporaciones globales pueden comerciar y obtener beneficios - no se trata de proporcionar una educación pública gratuita y de buena calidad para los niños y las generaciones futuras."

La etapa final para la aprobación final del Acuerdo Transpacífico de Cooperación Económica dependerá de la revisión legal de los textos y su ratificación en los Congresos de los doce países integrantes. Es importante que en esta instancia se despejen las dudas sobre los reales alcances que puede tener este acuerdo respecto a la autonomía soberana de los Estados y dar un especial énfasis en los detalles de temas tan relevantes como la educación.

source : El Mostrador

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