España deberá pagar 33,7 millones a Demeter y Cube por un nuevo laudo de renovables

Cinco Días | 19 de julio, 2019

España deberá pagar 33,7 millones a Demeter y Cube por un nuevo laudo de renovables

por Álvaro Bayón

España acaba de conocer la cuantía del enésimo varapalo por el recorte a la rentabilidad de las plantas renovables. El Estado deberá pagar 33,7 millones a los fondos franceses Demeter y Cube más unos 3 millones en costas, según el laudo dictado por el Ciadi al que ha tenido acceso CincoDías. Esta nueva multa eleva por encima de los 700 millones la cuantía que tiene España pendiente de pagar a diversos inversores internacionales por el recorte decidido por el Gobierno de Rajoy en 2013.

En esta ocasión las reclamaciones han versado sobre unas plantas fotovoltaicas y, por otro lado, sobre una serie de activos hidroeléctricos. Cube había reclamado al tribunal de arbitraje dependiente del Banco Mundial por el impacto del cambio de la norma sobre tres plantas fotovoltaicas, las de Puente Génave, San Martín de Pusa y Écija, por lo que pedía una indemnización de 11,14 millones. A estos se le suman otros 62,94 millones que reclamaban en suma tanto este fondo como Demeter (49,83 millones el primero y 13,11 millones el segundo) por los efectos sobre sus intereses hidroeléctricos. En total, ambos fondos pedían al Estado español 74,08 millones.

El Ciadi le ha dado a estos inversores la razón en el fondo. Condenó en marzo España por haber vulnerado el Tratado de la Energía, según publicó entonces CincoDías. No obstante, ha disentido en cómo calcular la indemnización a cobrar. Y la ha rebajado desde esos 74,08 millones hasta los 33,7 millones, más intereses a calcular desde junio de 2014.

La rebaja más sustancial ha afectado a los activos fotovoltaicos, por los que España solo se verá obligada a pagar 2,89 millones. Entre otras discrepancias, el Tribunal finalmente ha rechazado algunos aspectos utilizados para elaborar el cálculo por los reclamantes, como la vida útil de las plantas (que los fondos estimaban de 35 años y el Ciadi dice que es de 30 años) o el descuento aplicado a las ganancias que no se embolsaron por la decisión del Gobierno. Tampoco les da la razón al pedir una indemnización por decisiones del Ministerio de Energía anteriores a 2013.

En el caso de los activos hidroeléctricos, el Tribunal sitúa en 2014 el momento cuando las decisiones del Gobierno español provocaron un menoscabo "dramático" en las pretensiones de rentabilidad de los fondos. El Tribunal condena a España a pagar en este área 30,81 millones, frente a la pretensión de 62,94 millones de los inversores. También considera que, cuando se realizaron las 16 inversiones entre 2011 y 2012, los fondos ya podían sospechar de la llegada de un cambio normativo.

Sin embargo, todo apunta a que con el laudo no termine la batalla judicial entre estos fondos y el Estado. Por el momento el Estado se está negando a pagar los ya en torno a una decena de laudos que ha perdido. El Gobierno español se basa en este sentido en una resolución de la Comisión Europea, que afirma que los inversores no pueden acudir al arbitraje internacional en caso de que estén radicados en un país miembro.

source : Cinco Días

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