República Dominicana: TLC limita la expropiación. Indemnización de bienes debe ser rápida y justa

TLC limita la expropiación. Indemnización de bienes debe ser rápida y justa

Por Jesús Martín / El Caribe, 22-7-07

El DR-Cafta prohíbe la expropiación o nacionalización de una inversión, salvo que sea por interés público y siempre que no se dé un trato discriminatorio.

La indemnización debe ser pagada sin demora y por un valor justo. Si se realizara el pago con retraso, deberá incluir intereses razonables.

El tratado protege los intereses procedentes del exterior y las inversiones dominicanas en el extranjero, mediante un artículo que penaliza la interferencia gubernamental sobre un derecho de propiedad con los atributos esenciales de una inversión.

La norma es considerada por la asesora legal de la Oficina de Tratados Comerciales, Leidylin Contreras, como un paso decisivo hacia la garantía y la seguridad jurídica para los inversionistas. Destacó que esta normativa “constituye en sí una revolución, porque crea un marco de peso que regula las expropiaciones en RD de forma expresa y efectiva”.

Maribel Gassó, presidenta de la Confederación Patronal de República Dominicana (Copardom), dijo que, entre las ventajas que proporciona el DR-Cafta, “se encuentra el hecho de que se estandarizan las reglas de derecho”.

La expropiación indirecta, también sancionada, es aquella donde una acción de gobierno tiene un efecto equivalente al de la expropiación directa, sin la transferencia formal del título o del derecho de dominio.

source : El Caribe

Printed from: https://www.bilaterals.org/./?republica-dominicana-tlc-limita-la